Distintivo Ambiental de la DGT: ¿Me pueden multar por no llevarlo?

Desde el lunes 8 de octubre es necesario la etiqueta ambiental para circular por ciertas zonas de Madrid para clasificar los vehículos en función de la contaminación que están emitiendo. De momento y hasta el mes de abril de 2019 es voluntario pero a partir de esa fecha te pueden multar.

Las multas serán de carácter leve lo que supone un coste de 90€ con la posibilidad de pagar el 50% en un plazo inferior a 20 días. Las personas residentes en Madrid tienen un plazo de seis meses para recoger su etiqueta en cualquier oficina de Correos, que a fecha de hoy parece que se han agotado debido a la gran afluencia de compradores que han acudido en los últimos días a los distintos puntos de venta.

Precio de la Etiqueta Ambiental

Su valor es de cinco euros y para poder adquirirlas es necesario presentar el permiso de circulación del vehículo, la matrícula, así como el DNI del propietario o la autorización del mismo en el caso de que vaya a llevarlo a cabo otra persona. Entre las distintas calificaciones que pueden tener los vehículos están: Cero emisiones, Eco, C y B.

Para saber qué etiqueta corresponde a cada uno de los vehículos, es necesario introducir la matrícula en la página web de la DGT. En el caso de Madrid será necesaria para poder circular a partir del escenario 2, así como la almendra central y la M-30.

En cuando a su colocación, la DGT aconseja posicionarla en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero. Si no fuera posible, se acepta cualquier sitio visible.

Tipos de Distintivos Ambientales

Son cuatro los distintivos ambientales creados en función del impacto medioambiental de los vehículos y los mismos, clasificarán y graduarán el 50% del parque más eficiente.

Las etiquetas adhesivas son de colores y depende de la clasificación de tu vehículo recibirás una pegatina de color azul, verde o amarillo. Hay de varios tipos.

  • 0 emisiones. Vehículos eléctricos, híbridos enchufables con autonomía eléctrica de más de 40 km y vehículos de pila de combustible. Color azul.
  • ECO. Híbridos enchufables con autonomía en modo eléctrico de menos de 40 km, híbridos no enchufables y vehículos propulsados por gas natural o gas licuado del petróleo. Color azul y verde.
  • C. Vehículos de gasolina matriculados a partir de enero de 2006, o de gasóleo a partir de 2014. Color verde.
  • B. Vehículos de gasolina matriculados a partir del año 2000, o de gasóleo a partir del año 2006. Color amarillo.

Esta categorización tiene su origen en el Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.

 

La  clasificación del parque tiene  como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un  instrumento eficaz al servicio de las  políticas municipales,  tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente.

Más información visitar la página de la DGT aquí