¿Tienes que homologar tu vehículo para colocar una mampara?

Muchos conductores profesionales, sobre todo taxistas y conductores de VTC, han comenzado a instalar mamparas de protección para separar su zona de las plazas reservadas para los clientes con el objetivo de reducir el riesgo de contagio.

Para facilitar esta operación y reducir trámites administrativos, la sexta revisión del Manual de Reformas de Vehículos, publicada en mayo de este mismo año, incluye algunas modificaciones que simplifican esta tarea.

Eso sí, la norma es muy distinta en función del tipo de vehículo, ya que los autobuses y autocares siguen teniendo unos requisitos técnicos más estrictos.

En concreto, el código de reforma 8.21 de instalación o desinstalación de mamparas de separación entre asientos, especifica tras esta modificación que «NO se considerará reforma la instalación de elementos desmontables y temporales para cumplir las medidas de protección adoptadas durante la crisis sanitaria derivada por el COVID-19».

En cualquier caso, el ministerio de Industria establece que se debe evitar la instalación de elementos que puedan disminuir las condiciones de seguridad en circulación de vehículo, como, elementos que restrinjan o dificulten la visión de los espejos, presenten riesgos de astillamiento o estén fabricado en un material rígido que pueda presentar peligro en caso de impacto.

Asimismo, la instalación de elementos que no sean temporales y fácilmente desmontables, es decir, que sean de carácter permanente, tendrá consideración de reforma y, por tanto, requerirá de homologación.